JULIO 2002
Los Puertos Francos

D.José Miguel Pérez García 
 
 

Las franquicias, es decir, la reducción de trabas fiscales y económicas para el comercio de exportación e importación, han constituido uno de los temas constantes y eternos en la historia económica de las islas. Desde los primeros años, tras la Conquista, la Corona de Castilla vio la necesidad de ofrecer incentivos para que se fijara población en el Archipiélago, y la conveniencia de dotar a Canarias de algunas ventajas con respecto al régimen fiscal y económico peninsular. Así, se arbitraron algunas medidas: la reducción de los impuestos, que, en las islas, fueron menores en un 80% a los estipulados en la Península; la reducción de los aranceles para el comercio; y el permitir que, durante muchas fases, los puertos canarios quedaran habilitados para el comercio con América, que se desarrollaba en régimen de monopolio. Estas ventajas incentivaron el poblamiento y generaron una economía isleña muy vinculada al trasiego de la expansión atlántica que se desarrolló en los siglos de la Edad Moderna. Al mismo tiempo, ese sistema de franquicias favoreció la vinculación de las islas a la Corona pues se proporcionaron medios para la defensa y el gobierno del Archipiélago, y además se propició una potente actividad exportadora de determinados productos agrarios (azúcar, vino, etc.).
En las primeras décadas del siglo XIX, se impuso en España una política económica proteccionista (plasmada en los Aranceles de 1821) que buscaba amortiguar los efectos que, para España, tuvo la pérdida de las colonias americanas. Antes de esas pérdidas, gran parte de las manufacturas que España importaba se pagaban con los metales preciosos procedentes de sus posesiones en América; tras la independencia de éstas, se produjo la consiguiente disminución de aquel medio tradicional de pago. Para evitar que aumentara en exceso el déficit comercial, y también para estimular que las manufacturas nacionales suplieran a las extranjeras, se estableció un arancel protector a la importación que se extendió asimismo a determinados productos agrarios de gran consumo, como los cereales. Estas medidas tendrían graves repercusiones en Canarias, pues supuso la disminución de la importación sin que pudiese crearse industria local alguna, y también que las manufacturas hubieran de traerse de la Península, que eran mucho más caras que las importadas del extranjero. Durante la fase de crisis económica transcurrida entre 1820 y 1850, los principales representantes de la burguesía isleña reclamaron como solución única la existencia de un sistema de libertades comerciales para el Archipiélago. A pesar de que tal demanda tropezaba con la política de centralización que por aquellas etapas marcaba el cambio hacia el Estado liberal, a mediados del siglo el Gobierno terminó aceptando que se aplicaran normas de excepción para el régimen fiscal canario.
De este modo, reinando Isabel II, el gobierno presidido por Bravo Murillo decretó el régimen de Puertos Francos para Canarias, el 11 de julio de 1852. Con el apoyo de algunos de los ministros de aquel Gobierno (entre otros de Bertrán de Lis) se establecieron reducciones aduaneras y se permitió el acceso de las islas a los mercados exteriores. En 1870, las Cortes Constituyentes del Sexenio Democrático (1868-1874) dieron carácter de Ley a aquel Real Decreto de 1852. Y, en 1900, otra norma legal amplió las ventajas fiscales. En 1972 se publicó la Ley de Régimen-Económico Fiscal para Canarias y, posteriormente, con la transición a la democracia, las especialidades económicas canarias se recogieron en los principales textos (Constitución, Estatuto de Autonomía) que han configurado el régimen político y administrativo del Archipiélago.

 

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